Acuerdo de Licencia de Usuario Final — Laborarius
El siguiente documento constituye el Acuerdo de Licencia de Usuario Final (en adelante, el «EULA» o las «Condiciones de Uso») que regula el uso de la aplicación Laborarius (en adelante, la “Aplicación») por parte de los trabajadores (en adelante, el «Usuario» o el «Empleado»).
La Aplicación es titularidad exclusiva de Quality Compusoft, S.L. (en adelante, el «Licenciante»), con N.I.F. B-38469748. El uso de la Aplicación está condicionado a que el empleador del Usuario (en adelante, el «Empleador» o el «Responsable del Tratamiento») mantenga vigente una suscripción de servicios con el Licenciante.
1. Objeto y Concesión de la Licencia
1. El Licenciante otorga al Usuario una licencia de uso de la Aplicación con carácter:
- Gratuito. El Usuario no deberá abonar ninguna contraprestación económica directa por la descarga o uso de la Aplicación.
- Individual y Personal. Exclusivamente para el registro de su propia jornada laboral.
- No Exclusivo y Temporal. Limitado a la duración de su relación laboral con el Empleador y a la vigencia del contrato comercial entre este último y el Licenciante.
- Revocable. El Licenciante se reserva el derecho de suspender o retirar el acceso a la Aplicación en caso de uso indebido o finalización del servicio contratado por el Empleador.
1. Se prohíbe expresamente al Usuario sublicenciar, vender, alquilar, distribuir, descompilar o realizar ingeniería inversa sobre el software de la Aplicación.
2. Base Legal del Tratamiento de Datos (Sin Consentimiento)
De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPD-GDD), se informa al Usuario de que el tratamiento de sus datos de registro de jornada (nombre, apellidos, ID de empleado, fecha, hora y geolocalización puntual del fichaje) no requiere de su consentimiento.
- Obligación Legal: La base jurídica que legitima este tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal aplicable al Empleador, de conformidad con el Artículo 6.1.c) del RGPD y el Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que impone a las empresas el deber de garantizar el registro diario de la jornada de sus trabajadores.
- Poder de Dirección: El control horario se realiza al amparo del Artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, que faculta al empresario a adoptar las medidas de vigilancia y control que estime más oportunas para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales.
3. Geolocalización Eventual y Respeto a la Intimidad
Para garantizar el derecho a la intimidad del Usuario consagrado en el Artículo 18 de la Constitución Española y el Artículo 90 de la LOPD-GDD, el funcionamiento de la geolocalización en la Aplicación se rige por las siguientes reglas estrictas:
- Captura eventual. La Aplicación únicamente accederá a los servicios de localización GPS de su dispositivo en el instante preciso en que el Usuario pulse de forma activa los botones de «Fichar Entrada» o «Fichar Salida» o “Pausa”.
- Prohibición de Rastreo Continuo. La Aplicación no realiza un seguimiento continuo, en tiempo real, ni almacena un histórico de sus movimientos geográficos a lo largo de la jornada laboral ni fuera de ella. Tampoco se utilizan técnicas de geofencing (perímetros virtuales de control).
- Permisos del Dispositivo. El sistema operativo de su dispositivo le solicitará permiso para acceder a la ubicación. El Usuario entiende que la concesión de este permiso en el momento del fichaje es un requisito necesario para la correcta verificación de la prestación de servicios solicitada por su Empleador.
4. Desconexión Digital
En cumplimiento del Artículo 88 de la LOPDGDD y de los criterios de la AEPD:
- La Aplicación está diseñada para respetar su derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.
- El usuario podrá desactivar el envío de notificaciones push, alertas o recordatorios de fichaje durante sus períodos de descanso diario o semanal, vacaciones, permisos, bajas médicas o suspensiones de contrato.
5. Exclusión Absoluta de Datos Biométricos
De conformidad con la doctrina de la AEPD establecida en distintas resoluciones la Aplicación no utiliza, no solicita ni almacena datos biométricos (tales como huellas dactilares o patrones de reconocimiento facial) para verificar su identidad. El control de acceso y fichaje se realiza exclusivamente mediante credenciales alfanuméricas y geolocalización puntual.
6. Requisitos de las Tiendas de Aplicaciones (Google Play / App Store)
- Acceso a la Política de Privacidad. El Usuario puede consultar de forma permanente la Política de Privacidad detallada de la Aplicación a través del enlace directo habilitado en el menú de configuración de la propia app y en la ficha de descarga de la tienda de aplicaciones correspondiente.
- Mecanismo de Eliminación de Cuenta. La Aplicación dispone de una opción en el perfil del usuario para «Solicitar la eliminación de mi cuenta».
- Eliminación de la aplicación. El Usuario podrá eliminar su aplicación, en este sentido, tal eliminación no afecta a los registros de jornada recogidos por la misma.
Advertencia legal. De conformidad con el Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, los registros de jornada deben conservarse bloqueados por el Empleador durante un plazo mínimo de cuatro (4) años, por lo que la supresión física y definitiva de los datos históricos de fichaje solo se ejecutará una vez transcurrido dicho plazo legal de prescripción.
7. Limitación de Responsabilidad del Licenciante
El Licenciante no se hace responsable de los conflictos laborales, sanciones administrativas o discrepancias de horarios que puedan surgir entre el Usuario y su Empleador derivadas del uso de la Aplicación. El Licenciante actúa como un mero proveedor de la infraestructura tecnológica (SaaS) por cuenta del Empleador.
8. Jurisdicción y Ley Aplicable
Este EULA se rige por la legislación española. Cualquier controversia que pudiera surgir entre el Usuario y el Licenciante en relación con el uso de la Aplicación se someterá a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid (España), salvo que la normativa de consumidores y usuarios aplicable imponga un fuero imperativo distinto.
